Consejos sobre prevención
en nuestro blog

Accidente en Arequipa: Miniván cuenta con SOAT

Fuente: Andina
21/11/2024
Compartir:

La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) comunica a la opinión pública lo siguiente:

  • Lamentamos el accidente ocurrido la noche del miércoles 20 a la altura del kilómetro 873 de la Panamericana Sur, en la provincia de Camaná, en Arequipa, que ocasionó el fallecimiento de cuatro personas y dejó a otras 14 personas heridas.
  • El ómnibus de la empresa Caminos del Inca, de placa V8P-961 cuenta con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT vigente a la fecha, emitido por la empresa Protecta Security.
  • A los familiares directos de la persona fallecida en este accidente les recordamos que los gastos de sepelio están cubiertos hasta por 1 UIT (S/5,150) y que la ley les otorga una indemnización de 4 UIT (S/20,600), según el orden de precedencia establecido en la ley del SOAT (DS N°024-2002).
  • Recordamos que el SOAT del vehículo en el cual se trasladaban los agraviados cubre también los gastos médicos de los heridos hasta por 5 UIT (S/25,750), sin investigación policial ni pronunciamiento de autoridad alguna para proceder con las atenciones e indemnizaciones.
  • El SOAT cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, tanto si se encontraban dentro del vehículo asegurado como en la vía y sin importar la causa del accidente. La cobertura tampoco tiene límite en el número de personas afectadas, aún si la capacidad del vehículo hubiere sido rebasada.
  • De igual forma, el SOAT, cubre una indemnización diaria de S/34.16 por cada día de Incapacidad Temporal derivada de las lesiones del accidente de tránsito. Los días de incapacidad temporal son establecidos por el médico tratante y la cobertura asciende hasta un máximo de S/5,150. En el caso de una invalidez permanente parcial o total, la indemnización será de hasta 4 UIT (S/20,600) dependiendo del grado de menoscabo que afecte a la víctima.
  • La ley otorga un plazo de dos años para el cobro de las indemnizaciones; razón por la cual, es necesario que las víctimas de un accidente de tránsito se acerquen dentro de dicho plazo para el pago de los beneficios que les corresponden.

  Lima, 21 de noviembre de 2024

Quizás te interese

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.