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Comunicado sobre accidente en Ica: Ómnibus contaba con SOAT vigente

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18/06/2021
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La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) desea comunicar a la opinión pública lo siguiente:

  • Lamentamos el accidente ocurrido la madrugada de hoy en el Km. 37 de la Vía Nasca – Puquio -Chalhuanca – Abancay (Ica), que ha dejado como saldo la trágica muerte de 27 personas y varios heridos, lo cual nos llama nuevamente a la reflexión sobre cómo elevar los niveles de seguridad vial en nuestro país.

 

  • El bus de Placa de Rodaje F3Y-959, perteneciente a la Empresa de Transportes Expreso Internacional Palomino S.A.C. contaba con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, emitido por la empresa Rimac Seguros.

 

  • Recordamos que el SOAT cubre los gastos médicos de cada persona que haya resultado herida hasta por 5 UIT (S/22,000). No se requiere investigación policial ni pronunciamiento de autoridad alguna para proceder con las atenciones e indemnizaciones.

 

  • El SOAT cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, tanto si se encontraban dentro del vehículo asegurado como en la vía y sin importar la causa del accidente. La cobertura tampoco tiene límite en el número de personas afectadas, aún si la capacidad del vehículo hubiere sido rebasada.

 

  • De acuerdo al marco legal del SOAT, si las lesiones ocasionaran incapacidad temporal, la persona afectada tiene además derecho a una indemnización de hasta 1 UIT (S/4,400) y si las lesiones le ocasionaran invalidez permanente, la indemnización será de hasta 4 UIT (S/17,600) dependiendo del grado de menoscabo.

 

  • A los familiares directos de quienes perdieron la vida en este accidente les recordamos que los gastos de sepelio están cubiertos hasta por 1 UIT (S/4,400) y que la ley les otorga una indemnización de 4 UIT (S/17,600), según el orden de precedencia establecido en el marco legal del SOAT.

 

 

  • La ley da un plazo de dos años para el cobro de las indemnizaciones, tras el cual el dinero no cobrado por la indemnización correspondiente a la cobertura de muerte accidental se transfiere al Fondo de Compensación del SOAT, el cual cubre gastos médicos y de sepelio a las víctimas de accidentes de tránsito cuando los vehículos que se dieron a la fuga y no pudieron identificarse.

 

 

Lima, 18 de junio de 2021

 

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