La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) desea comunicar a la opinión pública lo siguiente:
- Lamentamos el accidente entre dos buses interprovinciales ocurrido anoche en la carretera ubicada en la localidad de Ayaviri, en la provincia de Melgar, región Puno, que ha dejado como saldo 4 personas fallecidas y 19 heridas.
- Ambos buses interprovinciales involucrados en este accidente cuentan con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT vigente a la fecha. El bus interprovincial de la empresa San Martín de placaV5N-954, cuenta con el SOAT vigente, emitido por RIMAC Seguros, mientras que el bus de la empresa Cruz del Sur de placa D2X-963, cuenta con el SOAT vigente a la fecha, emitido por MAPFRE Perú.
- A los familiares directos de los fallecidos en este accidente les recordamos que los gastos de sepelio están cubiertos hasta por 1 UIT (S/5,150) y que la ley les otorga una indemnización de 4 UIT (S/20,600), según el orden de precedencia establecido en la ley del SOAT (DS N°024-2002).
- Recordamos que el SOAT del vehículo en el cual se trasladaban los agraviados cubre también los gastos médicos de los heridos hasta por 5 UIT (S/25,750), sin investigación policial ni pronunciamiento de autoridad alguna para proceder con las atenciones e indemnizaciones.
- El SOAT cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, tanto si se encontraban dentro del vehículo asegurado como en la vía y sin importar la causa del accidente. La cobertura tampoco tiene límite en el número de personas afectadas, aún si la capacidad del vehículo hubiere sido rebasada.
- De igual forma, el SOAT, cubre una indemnización diaria de S/34.16 por cada día de Incapacidad Temporal derivada de las lesiones del accidente de tránsito. Los días de incapacidad temporal son establecidos por el médico tratante y la cobertura asciende hasta un máximo de S/5,150. En el caso de una invalidez permanente parcial o total, la indemnización será de hasta 4 UIT (S/20,600) dependiendo del grado de menoscabo que afecte a la víctima.
- La ley otorga un plazo de dos años para el cobro de las indemnizaciones; razón por la cual, es necesario que las víctimas de un accidente de tránsito se acerquen dentro de dicho plazo para el pago de los beneficios que les corresponden.
Lima, 27 de junio de 2024