Uno de los mitos más difundidos del sector asegurador es que —por el tipo de labores que realizan— los trabajadores de actividades económicas de alto riesgo, como minería o construcción, no pueden acceder a un seguro. Sin embargo, ¡nada más falso! En Apeseg te explicamos por qué.
Para proteger a los trabajadores que están expuestos a situaciones o labores de alto riesgo, cuya lista está detallada en el Decreto Supremo N.º 009-97-SA, se creó el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). Se trata de un seguro obligatorio, que debe contratar la entidad empleadora para todos sus trabajadores (eventuales o permanentes), con la finalidad de cubrir posibles accidentes y enfermedades.
Este seguro te otorga tres tipos de cobertura:
- Salud. La Entidad Prestadora de Salud (EPS) cubre la atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica hasta la rehabilitación total del trabajador en caso sufra un accidente mientras realiza sus labores o como consecuencia de una enfermedad derivada de su trabajo u oficio.
- Pensión o indemnización. La compañía de seguros otorgará al trabajador, en caso de invalidez, derivada de un accidente o enfermedad profesional una pensión o indemnización que dependerá del grado de incapacidad para el trabajo, y en caso de fallecimiento, una pensión a sus beneficiarios.
- Gastos de sepelio. La compañía de seguros reembolsará los gastos a la persona natural o jurídica que los hubiera sufragado hasta el límite establecido en el marco legal vigente.
Si tienes dudas sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), puedes contactarte con tu aseguradora para obtener información detallada de todas tus consultas.
Si deseas conocer más sobre el mercado de seguros, ingresa a www.apeseg.org.pe.